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12-07-2017

Paneles fotovoltaicos en todos los pisos

Que todos los propietarios de un edificio de viviendas pudieran obtener de paneles fotovoltaicos parte de la electricidad que consumen en el interior de sus pisos estaba prohibido hasta hace muy poco en España. El polémico Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, de Regulación del Autoconsumo Eléctrico, contrario a las recomendaciones de la Comunidad Europea, dice: "En ningún caso un generador se podrá conectar a la red interior de varios consumidores". 

Pero el Tribunal Constitucional (TC) ha abierto una puerta que puede dar alas al autoconsumo eléctrico compartido en España, al derogar el artículo donde se prohíbe. La sentencia del 25 de mayo, en favor del recurso interpuesto por la Generalitat de Catalunya, "defiende la posibilidad de implantar instalaciones de autoconsumo en urbanizaciones y edificios de viviendas de las que se puedan beneficiar varios usuarios"

El dictamen también expone que no le corresponde al Estado las competencias para inscribir y gestionar el registro de las instalaciones, sino a las comunidades autónomas. Es importante señalar que el TC no dice que el autoconsumo se deba hacer, sino que la prohibición estatal es inconstitucional. 

No obstante, el camino no será fácil: infinidad de registros, certificados y formularios. Excesivos trámites administrativos. Además, lo más probable es que la potencia instalada sea superior a 10 kilovatios, por lo que los vecinos deberán pagar el peaje, el llamado impuesto al sol. Aunque esta es una de las muchas incógnitas a despejar: "si se suman las potencias de los distintos usuarios conectados a un generador o se consideran individualmente para no pagar peaje", dicen desde la Generalitat.

FUENTE: www.economia.elpais.com